Chile ha implementado un nuevo marco normativo para abordar la violencia digital en menores, con leyes que regulan el uso de tecnología en escuelas y expanden la responsabilidad sobre la convivencia escolar.
La Ley N° 21.801 restringe el uso de dispositivos en establecimientos educacionales para proteger la convivencia. Esta normativa reconoce que los dispositivos impactan la interacción social y el aprendizaje de los estudiantes.
Por su parte, la Ley N° 21.809, publicada el pasado 1 de abril, amplía el campo de acción de la convivencia escolar. Esta ley establece que la violencia digital ocurrida fuera del colegio también es responsabilidad de las instituciones.
Responsabilidad civil y judicial
A pesar de la falta de una ley que obligue directamente a los padres por actos de bullying, la jurisprudencia chilena ya dicta sentencias que imponen indemnizaciones a progenitores de agresores.
Los tribunales están aplicando criterios de reparación de daños donde la responsabilidad recae en quienes ejercen el cuidado de los menores. Los fallos judiciales buscan sancionar el daño causado por la violencia digital, la cual es constante y persistente.
Expertos legales señalan que el problema no radica en el aparato tecnológico, sino en la dinámica de acoso que circula en redes sociales. El ciberbullying se caracteriza por ser invasivo y difícil de detener, ya que el contenido se reproduce sin control.
Las familias pueden recurrir a los Tribunales de Familia para solicitar medidas de protección ante la vulneración de derechos. También existen vías para denunciar hechos que constituyan delitos o ejercer acciones civiles por daños.
La normativa actual obliga a los colegios a intervenir antes de que el daño sea irreversible. Sin embargo, la responsabilidad primaria de supervisión y educación recae en los adultos responsables de la crianza.