La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó la destitución de Álvaro González, quien se desempeñaba como titular de la 42 Notaría de Santiago. El tribunal fundamentó la medida tras constatar irregularidades graves en el ejercicio de sus funciones notariales.
La resolución judicial determinó que González incurrió en un desempeño deficiente que contraviene los principios de disciplina y diligencia. El fallo se produce luego de que se estableciera la validación de al menos ocho escrituras públicas con información falsificada.
De acuerdo con los antecedentes presentados, el notario no realizó el control de identidad correspondiente a los sujetos que comparecieron ante su oficina. Esta omisión facilitó que individuos suplantaran a terceros para la ejecución de diversos actos documentales.
Incumplimiento de deberes legales
La decisión de la Corte de Santiago se basa en la pérdida de los estándares exigibles para un auxiliar de la administración de justicia. Según la información difundida por La Tercera, el tribunal estableció que el profesional se alejó de sus obligaciones fundamentales.
El tribunal de alzada fue enfático al señalar las consecuencias de su gestión. "El señor González revela un desempeño deficiente que pugna con la disciplina y diligencia exigible a los auxiliares de la administración de justicia", dictaminó el fallo.
La sentencia judicial subraya que de estos funcionarios se espera el cumplimiento de su labor bajo una conducta intachable. El documento judicial exige un respeto estricto a los deberes funcionarios y un apego total a la normativa vigente.
La falta de verificación de las firmas y la identidad de los comparecientes constituye el núcleo de la falta profesional. El tribunal consideró que la falta de rigor en la revisión de los documentos permitió la ejecución de actos fraudulentos bajo la fe pública de la notaría.
La Corte de Santiago enfatizó que la labor de los auxiliares de la justicia debe estar regida por el respeto absoluto a sus deberes. El fallo señala que se espera que estos profesionales cumplan su labor observando una conducta respetuosa y con estricto apego a la normativa que rige su actividad.