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Economía

Compensaciones por divorcio con fondos de AFP suman $45.000 millones en una década

Desde 2016, los traspasos de fondos previsionales a excónyuges por compensación económica en juicios de divorcio o nulidad alcanzaron los $45.000 millones en Chile. El mecanismo, que permite compensar menoscabos económicos, involucró más de 6.100 casos en los últimos diez años. Las mujeres concentran el 98% de los montos transferidos.

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Compensaciones por divorcio con fondos de AFP suman $45.000 millones en una década
Compensaciones por divorcio con fondos de AFP suman $45.000 millones en una década
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Los fondos de pensiones administrados por las AFP en Chile han sido objeto de compensaciones económicas a excónyuges por un total acumulado de $45.000 millones durante la última década, según cifras recopiladas desde 2016. Este mecanismo legal permite transferir recursos desde la cuenta de capitalización individual del cónyuge deudor al beneficiario, siempre que un juez de familia determine un menoscabo económico ocurrido durante la unión.

El año pasado, el número de traspasos ascendió a 495 casos, implicando la reubicación de $4.445 millones, lo que representa una disminución respecto a las cifras de 2024, de acuerdo con datos de la Superintendencia de Pensiones. Desde que este instrumento se habilitó en 2009, se han ejecutado más de 6.000 transferencias de este tipo, evidenciando su uso recurrente en el sistema judicial.

La mayoría de estos recursos, que provienen de cotizaciones obligatorias de afiliados aún activos, se destinan a cuentas de mujeres, quienes concentran el 98% tanto en número de casos como en el monto total compensado. Esta realidad subraya el impacto desproporcionado que el cese de labores domésticas o el cuidado familiar tiene sobre la capacidad de ahorro previsional femenino.

La legislación, fruto de la reforma previsional de 2008 y respaldada por la Ley de Matrimonio Civil, exige probar judicialmente el menoscabo económico sufrido por uno de los cónyuges para justificar la compensación. Este derecho aplica independientemente del régimen patrimonial del matrimonio, ya sea sociedad conyugal o separación total de bienes.

Existen límites claros para estas transacciones: el monto traspasado no puede exceder el 50% del saldo total acumulado en la cuenta del afiliado, y solo considera los fondos generados y su rentabilidad durante el período matrimonial. Los ahorros voluntarios, como el APV, quedan excluidos de este proceso.

Las administradoras de fondos de pensiones solo pueden efectuar estas reubicaciones una vez que las sentencias judiciales están ejecutoriadas, es decir, cuando no admiten recurso judicial alguno. Si el cónyuge beneficiario no posee una cuenta de capitalización individual, la AFP correspondiente tiene la obligación de abrirle una para concretar el pago.

Este sistema busca equilibrar la situación económica de quienes dedicaron su tiempo a labores no remuneradas durante el matrimonio, afectando su capacidad futura de pensión. La operatividad del mecanismo sigue siendo un punto clave en la negociación de acuerdos de divorcio en Chile.

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