La Era
Actualidad

Corte de Santiago revoca restricción de visitas impuesta por Gendarmería a reclusos de Colina 1

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por 107 internos adultos mayores, en su mayoría condenados por violaciones a DD.HH., anulando la limitación impuesta por Gendarmería al registro de visitas. El tribunal consideró la medida de Gendarmería como "arbitraria" al no distinguir la vulnerabilidad de esta población penal específica, afectando su derecho a la integridad psíquica.

La Era

Corte de Santiago revoca restricción de visitas impuesta por Gendarmería a reclusos de Colina 1
Corte de Santiago revoca restricción de visitas impuesta por Gendarmería a reclusos de Colina 1
Publicidad
Publicidad

La Corte de Apelaciones de Santiago anuló una reciente decisión de Gendarmería que buscaba limitar a diez el número de personas registradas para visitar a internos adultos mayores recluidos en el Pabellón Asistir de la cárcel de Colina 1. El fallo, emitido por la Cuarta Sala, acogió un recurso de protección interpuesto por 107 reclusos, argumentando que la restricción carecía de justificación para este segmento vulnerable.

La normativa impugnada pretendía aplicar una regla de 2020 que establecía un máximo de diez personas autorizadas para ser enroladas como visitantes por interno, un cambio significativo respecto al régimen anterior que era ilimitado en cuanto al registro. Los afectados, muchos de ellos mayores de 65 años y con problemas de salud, señalaron que esta limitación forzaba la exclusión de familiares y redes de apoyo esenciales.

El abogado Ricardo Bravo Cornejo, quien representó a los recurrentes, sostuvo que la medida afectaba desproporcionadamente a adultos mayores, citando la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos que prohíbe tratos crueles o degradantes para esta población. Gendarmería, por su parte, defendió la medida como una aplicación uniforme de la normativa penitenciaria a todo el sistema, sin actuaciones ilegales.

El tribunal de alzada reconoció que, si bien la medida es legal para la población penal general, resulta arbitraria para los adultos mayores, quienes requieren un trato especial debido a su mayor vulnerabilidad. Los ministros Jenny Book, Fernando Guzmán y Matías de la Noi determinaron que la falta de distinción perturbaba el derecho a la integridad psíquica de los reclusos.

Esta resolución sigue una línea establecida previamente por la Corte Suprema en junio pasado, cuando un recurso similar presentado por reclusos de Punta Peuco también logró revertir la misma restricción. El máximo tribunal argumentó en esa ocasión que la medida afectaba la dignidad de las personas privadas de libertad.

El abogado Bravo Cornejo valoró el fallo, señalando que se basa en estándares internacionales de derechos humanos y la protección especial reconocida a los adultos mayores en el ordenamiento jurídico chileno. El defensor enfatizó que el debate debe ampliarse hacia medidas alternativas al encarcelamiento tradicional para reclusos mayores con condiciones de salud complejas.

La decisión subraya la tensión entre la administración penitenciaria y los derechos de internos de edad avanzada, especialmente aquellos condenados por graves violaciones a los derechos humanos durante el régimen militar. El precedente podría influir en futuras políticas públicas sobre el envejecimiento de la población penal en Chile.

Publicidad
Publicidad

Comentarios

Los comentarios se almacenan localmente en tu navegador.

Publicidad
Publicidad